Preguntas frecuentes para los Entes

Aquí puedes encontrar las preguntas frecuentes

Es el proceso mediante el cual la Agencia Digital de Innovación Pública autoriza o rechaza la erogación de recursos públicos para un proyecto determinado que involucre directamente Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

La Ley de Operación e Innovación Digital impone la obligación de solicitar un dictamen técnico a todos los Entes que comprende la Administración Pública de la Ciudad de México: Dependencias, Desconcentrados, Descentralizados, Entidades y Alcaldías.

Los Órganos Autónomos de la Ciudad de México, o bien, autoridades con sede  en la Ciudad de México, pero que no forman parte de la Administración Pública Capitalina.

  • Un  oficio del titular del Ente o un funcionario con nivel de Director  General pidiendo el dictamen técnico del proyecto en particular, donde  señale el nombre del proyecto, el Responsable del mismo con correo  electrónico institucional (rango mínimo de Subdirector) y el monto  máximo al cual se sujetará la transacción.
  • El formato de solicitud de dictamen de la ADIP disponible en este sitio web 
  • Un oficio de suficiencia presupuestal vigente, o prueba documental que el Ente cuenta con los fondos para realizar dicha transacción.
  • Propuesta de dos cotizaciones vigentes, firmadas por el representante legal.***


***Además de presentar en físico la documentación anterior, presentar los siguientes documentos en formato digital por medio de un CD o a los correos mencionados en la pregunta 17.

                        -Formato de solicitud de dictamen - Formato Word

                        -Cotizaciones - formato PDF.

Quince días hábiles. En caso de que se presente una solicitud de Dictamen incompleta, la DPID prevendrá al Ente Público solicitante para que, en un término de cinco días hábiles, presente la documentación faltante y/o realice las aclaraciones correspondientes, apercibido de que en caso de no desahogar tal prevención su solicitud será desechada. Asimismo, en caso de requerir aclaraciones o información adicional en torno a la solicitud de Dictamen correspondiente, se requerirán las mismas al Ente Público solicitante, para que un plazo de cinco días hábiles, sean solventadas, de lo contrario se desechará su solicitud. Ambos casos interrumpen el plazo para la emisión del Dictamen.

Los puedes encontrar en esta página de internet, en el apartado de dictaminación.

La CIRCULAR ADIP 2020, misma que puedes consultar aquí, del mismo modo,  se hace del conocimiento de los Entes diversos elementos de valoración y  evaluación los cuales puedes consultar aquí.

Significa  que la información proporcionada por el Ente no es suficiente por lo  que la ADIP no está en posibilidades de emitir un Dictamen Favorable. O bien, el Ente no cumplió con los plazos establecidos por la ADIP para  solventar las deficiencias de su solicitud. De ser el caso, el Ente puede presentar de nueva cuenta la solicitud de dicho proyecto, atendiendo a los requisitos correspondientes

Cuando van a adquirir un bien o servicio dentro de la gama de  estándares que establece la ADIP, no son necesarios los formatos. Para lo anterior, el funcionario  competente con nivel mínimo de Subdirector debe notificar por correo  electrónico a la Dirección de Política Informática y Dictaminación, la intención de compra, mismo que deberá contener: 

  1. Responsable del proyecto con nombre y cargo (No menor a subdirector) , teléfono y correo electrónico

  2. Especificar la Cantidad y Tipo de Bien a adquirir, de conformidad con los estándares técnicos emitidos (usar la nomenclatura del estándar publicado) por la ADIP, con desglose de componentes y montos (indicar costo unitario, subtotal, total y si incluye IVA o no) estimados a erogar

  3. Justificación de la adquisición, especificando las necesidades del área requirente.
  4. Informe trimestral en la que se comprometen a enviar a la ADIP la factura/contrato correspondiente

    Presentar los datos completos del formato ejemplo: FORMATO PARA LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN

Se le enviará la autorización correspondiente por correo electrónico y deberá reportar dicha compra a la ADIP en los  términos de la Circular ADIP 2020 para verificar el cumplimiento de los  estándares en la compra correspondiente.

*** De acuerdo a la Circular ADIP 2020

3. DE LAS MODALIDADES DE LA REVISIÓN TÉCNICA

Deberán ser sometidos a revisión técnica todos aquéllos bienes o servicios que por su naturaleza o función se considere dentro del ámbito de las TIC, incluidos los servicios de mantenimiento y la adquisición de consumibles, refacciones y accesorios para equipo de cómputo.

En esta página web, en el apartado dictaminación.

No, debe presentar una solicitud de dictamen técnico.

Todo arrendamiento se debe de dictaminar. Se debe seguir el procedimiento de las preguntas 4 y 5.

No, basta con que una sola vez se haya presentado físicamente la  solicitud y la documentación correspondiente. Las modificaciones se  pueden corregir por correo electrónico. Para la ADIP el correo  electrónico institucional en un medio válido para solventar deficiencias  en este trámite

Tendrán como vigencia hasta el 31 de diciembre del ejercicio fiscal en el que se emiten y son aplicables para una sola adquisición.

La DPID solicitará la opinión de la Dirección General de Centro de Conectividad e Infraestructura Tecnológica de la ADIP, quien contará con un plazo de cinco días hábiles para emitir la opinión correspondiente, el cual podrá ser ampliado por única ocasión. Lo anterior, interrumpe el plazo para la emisión del Dictamen.

La DPID solicitará la opinión de la Dirección General de Centro Desarrollo Tecnológico de la ADIP, quien contará con un plazo de cinco días hábiles para emitir la opinión correspondiente, el cual podrá ser ampliado por única ocasión. Lo anterior, interrumpe el plazo para la emisión del Dictamen.

Lic. Enrique Pavón Baños     

Director de Política Informática para Dictaminación

Correo:  enrique.pavon@cdmx.gob.mx

    

Ing. Mauricio Pastrana Fuentes

JUD de  Análisis de Equipos Especializados

Correo: mpastranaf@cdmx.gob.mx

    

Palemón Vásquez García

JUD de Normas, Estándares y Seguimiento

Correo: palemon.vasquez@cdmx.gob.mx