Nota aclaratoria de la información publicada del Registro Civil de la Ciudad de México

Publicado el 10 Agosto 2021

Desde octubre de 2020 y en el contexto de la pandemia ocasionada por el virus SaRS-Cov-2 Covid-19, la Ciudad de México ha puesto a disposición de la ciudadanía a través del Portal de Datos Abiertos de la Ciudad de México1 el conjunto de datos que incluye todas las defunciones ocurridas en la Ciudad de México y registradas ante el Registro Civil. Dicho cojunto contiene las siguientes variables: edad, sexo, fecha de defunción, estado de origen de la persona fallecida, causa de muerte, causa registrada, alcaldía, lugar de muerte (hospital o domicilio), los cuales pueden visualizarse, descargarse y replicarse para analizar y calcular el exceso de mortalidad por Covid-19 en la Ciudad. Dichos datos son obtenidos directamente de las actas de defunción que obran en el Registro Civil de la Ciudad de México, convirtiéndose en la primera y única Entidad Federativa, y una de las pocas ciudades del mundo, en publicar de manera proactiva y en formatos abiertos (anonimizados y granulares) las causas de defunción y así como la estadística del exceso de mortalidad en la Ciudad resultado de la pandemia.

La información que se publica es la suficiente para el análisis estadístico, por lo que no es necesario conocer ningún dato personal de los que obran en las actas de defunción de las personas fallecidas, como nombre, nombre de los padres, lugar de nacimiento, estado civil, nombre del médico que certificó el fallecimiento, ocupación de la persona fallecida o lugar donde sería inhumado el cuerpo del fallecido, toda vez que conocer dichos datos personales en nada abonan al acceso a la información pública y sí vulneran el derecho a la protección de datos personales.

Ahora bien, respecto del boletín que se señala, cabe hacer las siguientes aclaraciones:

  1. Fue la Dirección General del Registro Civil, dependiente de la Consejería Jurídica la que realizó, mediante el Oficio DGRC/0070/2021.pdf - Google Drive de fecha 08 de marzo de 2021, el planteamiento y consulta a dicho Instituto, sobre la procedencia de que las consultas a las actas de defunción del Registro Civil de la Ciudad de México se realizaran a través de mecanismos de autenticación de las personas interesadas, y que la información de interés público que detenta el Registro Civil relativa a las defunciones registradas en la Ciudad y sus causas, se realizara a través del Portal de Datos Abiertos de la Ciudad de México.

  2. El Gobierno de la Ciudad de México ha señalado que debe privar la protección de los datos personales, al mismo tiempo que debe garantizarse la transparencia y el derecho al acceso a la información pública. Para garantizar lo primero, se implementaron mecanismos técnicos que permitan que únicamente los familiares de los fallecidos puedan acceder de manera rápida a las actas de defunción en las que obran una importante cantidad de datos personales, no sólo de las personas fallecidas, sino de sus familiares y médicos legistas; y para garantizar lo segundo, como política de transparencia proactiva, desde el año 2020 la Ciudad de México ha publicado en el citado Portal de Datos Abiertos, diversos conjuntos de datos, entre los que se encuentran causas de defunción y datos de exceso de mortalidad.

Ambos aspectos fueron respaldados por el INFOCDMX, a través del oficioMX09.INFODF/6DDP/15.2/014/2021, al emitir respuesta a la consulta realizada por la Dirección General del Registro Civil, en la que señala que “es inconcuso que los datos contenidos en las actas de defunción son susceptibles de contener información clasificada como confidencial debido a que contienen datos personales de las personas fallecidas, por tal motivo, se debe garantizar la mayor protección de los mismos, es decir, tanto de los titulares de las actas de defunción del Registro Civil, como de las personas cuya información aparece en las mismas”.

Asimismo, en la citada respuesta el INFOCDMX señaló que “los datos que señala y que son publicados en el Portal de Datos Abiertos de la Ciudad de México, consistentes en: edad registrada en el acta de defunción; sexo registrado en el acta de defunción; fecha de defunción; entidad federativa de residencia; causa de la defunción; alcaldía de residencia; y lugar de ocurrencia de la muerte, a pesar de ser recabados a partir de las actas que resguarda ese Registro Civil, se encuentran disociados tanto por su contenido como por su grado de desagregación.

En consecuencia, dado que su publicación no vuelve factible acceder a datos personales de una persona identificada o identificable, resulta procedente que sean de acceso público a través de la citada plataforma, los cuales, al no encuadrar en el supuesto para ser considerados como información confidencial, se le atribuye el carácter de información pública, por lo que existe un interés público en que la misma sea conocida por parte de la ciudadanía, sin existir impedimento legal alguno.”

Por otra parte, mediante Boletín DCS/047/21, publicado el 12 de marzo de 2021 el INFOCDMX informó que en todo momento brindó acompañamiento técnico en materia de protección de datos personales a la Dirección General del Registro Civil, como se puede corroborar el siguiente enlace electrónico Acompañamiento técnico del INFOCDMX en materia de protección de datos personales.

Lo anterior, tomando en consideración que de conformidad con el artículo 47 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, tratándose de datos personales concernientes a personas fallecidas, la protección de datos personales no se extingue. Robustece lo anterior, los criterios expuestos en el recurso de revisión 1189/2005 del extinto Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), en los que se establece que el hecho de que un dato personal obre en una fuente de acceso público, no implica que los sujetos obligados puedan otorgar acceso al mismo, pues ésta no es la finalidad para la cual se obtuvo dicho dato, más aún, por mandato de Ley, dichos sujetos se encuentran obligados a proteger los datos personales que obren en sus archivos y en consecuencia a observar las distintas disposiciones contenidas en la Ley y en los Lineamientos de Protección de Datos Personales que restringen el manejo de dichos datos.

El Gobierno de la Ciudad de México refrenda su compromiso para proteger la privacidad de todas las personas, y al tiempo continuar siendo líder nacional en transparencia proactiva.


  1. Consultable en el enlace electrónico https://datos.cdmx.gob.mx/dataset/actas-de-defuncion-en-el-registro-civil-de-la-ciudad-de-mexico